Altura de los pulsadores manuales de incendio

¿En una instalación antigua, anterior al nuevo RIPCI, a qué altura deben estar los pulsadores manuales de alarma de incendio?

RESPUESTA

Con anterioridad a la norma UNE 23007-14:1996, no había fijada ninguna altura para los pulsadores de alarma.

Ya en la norma UNE 23007-14: 1996 (que entró en vigor 16 de Julio de 1998) se indicaba la altura de instalación: «… deben fijarse a una altura sobre el suelo comprendida entre 1,2 m y 1,5 m»

En la norma UNE 23007-14: 2009 se modificaba esa altura: «… deben fijarse a una altura sobre el suelo comprendida entre 1,2 m y 1,6 m»

Y actualmente, norma UNE 23007-14: 2014, indica: «En general, los pulsadores deben fijarse a una altura sobre el suelo comprendida entre 0,8 m y 1,6 m»

Pero, aunque es verdad que la norma indica esta altura, no es de aplicación en la actualidad, ya  que el Reglamento especifica que los pulsadores de incendios se  “… se situarán de manera que la parte superior del dispositivo quede a una altura entre 80 cm y 120 cm.”

Y como todos sabemos lo indicado en el Reglamento es de superior jerarquía a lo que indique la  norma UNE .